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El Centro de Estudios Constitucionales 1.812
surge como Fundación docente con personalidad jurídica propia,
al amparo de la Ley 30/1994, e integrada por cuatro patronos: el Ayuntamiento
de Cádiz, la Universidad
de Cádiz, la Caja de Ahorros
El Monte y la entidad cultural Casino
Gaditano. Fue constituida en escritura pública otorgada
ante el Notario de Cádiz D. Rafael de Cozar Pardo, al número 4.019
de su protocolo, el día 8 de noviembre de 2000 y reconocida e inscrita
en el Registro de Fundaciones de la Consejería de Educación y
Ciencia por Orden de 11 de marzo de 2.002 de dicha Consejería, publicada
en el BOE nº 86 de 10 de abril de 2.002.
Cada patrono tiene dos representantes en la fundación: por el Ayuntamiento
de Cádiz, su Alcaldesa-presidenta (Presidenta de la fundación)
y al 1er Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Cádiz; por la Universidad
de Cádiz, el Rector y el Vicerrector de Extensión Universitaria;
por la Caja de Ahorros El Monte, el Presidente y el Presidente de la Fundación
El Monte; y por el Casino Gaditano, su Presidente (Vicepresidente de la Fundación)
y su Secretario.
La fundación tiene su sede en el edificio del Casino Gaditano, un antiguo
y emblemático inmueble de la ciudad que con 150 años de historia,
cuanta en su biblioteca con importantes fondos bibliográficos entre los
que destacan las actas completas del proceso constituyente de las Cortes de
Cádiz de 1.812.
Fines de la fundación:
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Se contemplan en el art. 6 de sus Estatutos, entre los cuales
se destaca con carácter general “(...) la promoción,
desarrollo, protección y fomento de la cultura, estudios e investigaciones
sobre temas y actividades sociales y culturales y, especialmente, constitucionales
y la difusión de dichos estudios a través de publicaciones
y otros medios y en general cualquier otra actividad cultural con fundamento
en los principios de utilidad común y desarrollo integral de la
persona humana, con especial relevancia en el estudio e investigación
de los esfuerzos de los pueblos en regular democráticamente su
convivencia por la vía constitucional (...)”, así
como especialmente, “la investigación y desarrollo de trabajos
y estudios que tengan su origen en el entorno político, social,
económico de la Constitución Española de 1.812, así
como la posterior influencia de este texto constitucional en las constituciones
españolas y en el Derecho Constitucional comparado.”
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